EL ORDEN DIGITAL

viernes, 30 de noviembre de 2012

ENCUENTRO CIUDADANO PRESENTO DENUNCIA PENAL ANTE LA JUSTICIA POR LAS LISTAS DE PRESUNTOS EMPLEADOS DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL

Este es el texto presentado ante la justicia de Santa Cruz, como denuncia penal, por el abogado del partido Encuentro Ciudadano, Javier Pérez Gallart, sobre las listas de empleados del Poder Legislativo publicadas por OPI y El Diario Nuevo Día:
 

Señor Agente Fiscal:

 

                              Javier Ignacio Perez Gallart, abogado del foro local, con domicilio en Pasaje Namuncura N° 56, en mi carácter de ciudadano de la provincia, y apoderado legal del Partido Encuentro, a Usted me  presento y respetuosamente digo:

I.            OBJETO.-

                           Que, vengo por el presente a formular de modo expreso denuncia penal en los términos establecidos en el artículo 166° y siguientes del C.P.P.., a los efectos que se inicie investigación penal, en orden a la presunta comisión de los delitos que seguidamente enunciare.

                          II. HECHOS.-

 

                         Que en los últimos días a través de dos prestigiosos medios de información digital,  Opi Santa Cruz y Diario Nuevo Dia, trascendio una lista de empleados públicos  pertenecientes a la nomina de trabajadores de la Camara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz.

                        La peculiaridad del hecho seria que dichos empleados habrían sido contratados por el presidente de la Honorable Camara de Diputados, Escribano Fernando Cotillo, a disposición de la Presidencia, siendo en su totalidad residentes en la localidad de Caleta Olivia.

                       De su enunciación, dado que la sede de la legislatura es en la localidad de Rio Gallegos, y es en esta localidad en la cual deben desarrollar sus tareas los empleados de la Camara, podríamos estar ante una contratación masiva de lo que en la jerga popular se  bautizo como  “ñoquis”. Esto es empleados que están contratados en un organismo publico, y sin prestar tarea alguna cobran sus remuneraciones a fin de mes. Ejemplo de un claro fraude al erario  publico.

                     Los delitos que  se abrían  cometido, por parte del nombrado y quienes tengan responsabilidad administrativa en los nombramientos indicados,  serian : FRAUDE EN PERJUICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA tipificado en el art. 174 inc. 5°, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS tipificado en el art 268 (2) (ley 25.188) y  MALVERSACION DE CAUDALES  tipificado en el art. 260 del C.P.A y/o la calificación jurídica que el señor fiscal estime adecuado al caso.

                      Que el modus operandi en cuestión seria el nombramiento de personas que no residirían en la localidad a quienes se les depositaria su salario en una cuenta sueldo, retirando sus emolumentos en la localidad de Caleta Olivia.

                              Asi en principio las conductas desplegadas podrían asociarse a la  de  "defraudación a la administración pública agravada por la calidad de funcionario público, en concurso real, por la cantidad de hechos en cuestión, conforme los listados que se acompañan”

                              Imaginemos que Cotillo por el cargo que detenta tiene bajo su  órbita el cuidado de intereses y bienes ajenos, y asimismo la facultad de designar personal y pagar sus remuneraciones, si se ejercen dichas atribuciones de manera tal que se hubieren   perjudicado los intereses de la provincia,  pagando salarios sin la debida contraprestación laboral, nos encontramos que hay una adecuada causalidad  entre el hecho de los nombramientos y/o contrataciones  y el perjuicio ocasionado (al erario provincial), más el agravante de su obrar en calidad de funcionario público provincial. Agravado por la cantidad de hechos efectuados.

                              

                               III.- PRUEBAS:

                               Sin perjuicio de las pruebas y diligencias que requiera  el Señor Fiscal solicitamos la producción de la siguiente prueba:

1)  Se solicite al Diario “Nuevo Dia” y a “OPI Santa Cruz”, la remisión dé todos los antecedentes que tenga en su poder en relación al objeto de esta investigación.

2) Se certifique por parte del actuario el reflejo informatico que se acompaña y que se corresponden a la dirección de paginas en internet indicadas. http://www.eldiarionuevodia.com.ar/index.php?option=com_k2&view=item&id=6144:dan-a-conocer-una-supuesta-lista-de-cargos-nombrados-por-el-vicegobernador&Itemid=63


3) Se oficie a  Direccion de personal de la Honorable Camara de Diputados, a efectos  que en el plazo de (48) cuarenta y ocho  horas, remita la totalidad de los legajos de las personas involucradas en la investigación conforme los listados que se acompañan.

4) Se oficie a la Contaduria de la Honorable Camara de Diputados, a que en el plazo de (48) cuarenta y ocho horas remita desde el 10 de diciembre hasta el presente la nomina de pagos efectuadas a las personas indicadas en los listados.

5) Se adjuntan dos listados publicados por los medios indicados.

V. PETITORIO.-

En razón a lo expuesto, vengo a solicitar

1) Se me  tenga por presentados, con domicilios reales denunciado y legal constituido.-

2) Se ordene el inicio de la presente causa penal.-

3) Se ordene la producción de la prueba ofrecida.-

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