EL ORDEN DIGITAL

viernes, 7 de noviembre de 2014

DESDE EL AÑO 2009 ESTA VIGENTE EN PUERTO DESEADO LA ORDENANZA SOBRE PRODUCTOS PARA CELIACOS

El Honorable Concejo Deliberante de Puerto Deseado , recuerda que continúa en vigencia la ordenanza N°5020/09 por la cual LOS supermercados e hipermercados deberán poner a disposición de los consumidores, alimentos destinados exclusivamente para personas celíacas, disponiéndose de los mismos en cantidad necesaria para satisfacer la demanda y en cuanto a su variedad, no debe ser menor a treinta (30) productos.-
LAS Estaciones de Servicios y Terminales de ómnibus en los que se comercialicen o se sirvan alimentos deberán contar con un stock de provisión mínima aptos para las personas celíacas.-
SERAN obligaciones de los establecimientos comerciales aludidos, exponer estos productos en góndolas y heladeras específicas con una superficie física mínima de dos (2) metros cuadrados, Identificar dichas góndolas con cartelería que contenga la leyenda “alimentos sin gluten”, seguido a continuación, el símbolo internacional y tomar todos los recaudos necesarios para que estos productos alimenticios no se contaminen, -haciéndolos perder la condición “Libre de Gluten”-, para lo cual tendrán que separarlos o aislarlos de otros en depósitos y transporte, garantizando esta situación en forma fehaciente.-


Honorable Concejo Deliberante de Puerto Deseado, con el poder transformador de la ley y ordenanzas, gestando más y mejor democracia.”

                    PRESIDENCIA MIRYAM ALONSO

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